SANTO DOMINGO, 13 de noviembre.- El diputado y
dirigente de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo
Semán, denunció que el Estado Dominicano fue traicionado en el proceso
ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, que culminó con un
fallo condenatorio para el país. “En la audiencia de octubre, en México, sobre un caso que tenía
muchos años, el Estado Dominicano se negó a que se incorporara el fallo
del Tribunal Constitucional (TC) 168-13, porque los hechos del proceso
se referían
jump break a situaciones muy anteriores al mismo", expresó. Agregó que "de forma misteriosa, cuando ya se habían agotado todos los plazos para las defensas y los depósitos de prueba, el Estado Dominicano comunicó a la CIDH una solicitud de incorporación de la Ley 169-14 y el Decreto 327, dándole oportunidad procesal a la Corte para examinarlo, pronunciarse y anularlos, como lo hizo". Calificó el hecho como "una vulgar traición, muy grave, que tiene y tendrá grandes repercusiones contra la República Dominicana”. Citó que "en la página 10, párrafo 13 de la sentencia de la Corte Interamericana se lee como hechos supervinientes (que sucedieron con posterioridad a las acusaciones), en el literal c, que el 9 de junio de 2014, el Estado informó que se había emitido el decreto 327-13 del 29 de noviembre de 2013 y la Ley No.169-14 del 23 de mayo de 2014, y solicitó su incorporación al expediente por considerar que se trataba de hecho superviniente”.
jump break a situaciones muy anteriores al mismo", expresó. Agregó que "de forma misteriosa, cuando ya se habían agotado todos los plazos para las defensas y los depósitos de prueba, el Estado Dominicano comunicó a la CIDH una solicitud de incorporación de la Ley 169-14 y el Decreto 327, dándole oportunidad procesal a la Corte para examinarlo, pronunciarse y anularlos, como lo hizo". Calificó el hecho como "una vulgar traición, muy grave, que tiene y tendrá grandes repercusiones contra la República Dominicana”. Citó que "en la página 10, párrafo 13 de la sentencia de la Corte Interamericana se lee como hechos supervinientes (que sucedieron con posterioridad a las acusaciones), en el literal c, que el 9 de junio de 2014, el Estado informó que se había emitido el decreto 327-13 del 29 de noviembre de 2013 y la Ley No.169-14 del 23 de mayo de 2014, y solicitó su incorporación al expediente por considerar que se trataba de hecho superviniente”.
Aseguró que “si el Estado no hubiera hecho eso, la Corte no hubiese
podido examinar y juzgar situaciones que ocurrieron más de 10 años
después y ajenas totalmente a la litis". Afirmó que "es un hecho extremadamente grave, y debe de investigarse quién dio esa orden y quién la ejecutó”.