SANTO DOMINGO, República
Dominicana, 22 de octubre.- La
Procuraduría General de la República solicitó la noche de este miércoles
prisión
preventiva para el senador peledeísta y ex supervisor de obras del
Estado, Félix Ramón Bautista Rosario y otras seis personas, tras
acusarlos formalmente de corrupción y lavado de activos. Además de
Bautista, quien es secretario de organización del oficialista Partido
de la
jump break Liberación Dominicana, la solicitud es en contra de Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina. El organismo oficial depositó formalmente ante la Suprema Corte de Justicia un escrito de acusación y requerimiento de apertura de juicio contra ellos. Pidió la designación de un Juez de la Instrucción Especial a fin de conocer en audiencia preliminar la solicitud de prisión preventiva y acusación de Bautista así como de los ciudadanos Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina. Sobre cada uno de ellos explica lo siguiente: En cuanto al ciudadano Félix Ramón Bautista Rosario por violación a los artículos 114, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 166, 167, 171, 172 y 175 del Código Penal Dominicano, que consagran y sancionan las infracciones de atentado contra la Constitución, falsedad de escritura pública, falsedad de escritura privada, uso documento falsos, prevaricación. Desfalco y asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público; 361 numeral 1 y 3 literal d); artículo 7 de la Ley No. 82-79 Sobre Declaración Jurada de Bienes que consagra y sanciona el enriquecimiento ilícito; artículos 79 numeral 1 y 80 numerales 6 y 9 de la Ley No. 41-08 Sobre Función Pública; los artículos 3 letra a) y b), 4, 8 letra b), 18, 21 letras a), b) y c) y 26 de la Ley No. 72-02. Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves; y artículos 6, 26 numerales 2 y 3, 39 numeral 1, 50 numeral 1, 75 numeral 1 y 12, 77 numeral 3, 135, 136, 146 numeral 1, 2, 4 y 276 de la Constitución de la República Dominicana; artículos 18, 19 y 20 en la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción y artículos 6 y 9 de la Convención Interamericana Contra la Corrupción.
jump break Liberación Dominicana, la solicitud es en contra de Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina. El organismo oficial depositó formalmente ante la Suprema Corte de Justicia un escrito de acusación y requerimiento de apertura de juicio contra ellos. Pidió la designación de un Juez de la Instrucción Especial a fin de conocer en audiencia preliminar la solicitud de prisión preventiva y acusación de Bautista así como de los ciudadanos Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina. Sobre cada uno de ellos explica lo siguiente: En cuanto al ciudadano Félix Ramón Bautista Rosario por violación a los artículos 114, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 166, 167, 171, 172 y 175 del Código Penal Dominicano, que consagran y sancionan las infracciones de atentado contra la Constitución, falsedad de escritura pública, falsedad de escritura privada, uso documento falsos, prevaricación. Desfalco y asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público; 361 numeral 1 y 3 literal d); artículo 7 de la Ley No. 82-79 Sobre Declaración Jurada de Bienes que consagra y sanciona el enriquecimiento ilícito; artículos 79 numeral 1 y 80 numerales 6 y 9 de la Ley No. 41-08 Sobre Función Pública; los artículos 3 letra a) y b), 4, 8 letra b), 18, 21 letras a), b) y c) y 26 de la Ley No. 72-02. Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves; y artículos 6, 26 numerales 2 y 3, 39 numeral 1, 50 numeral 1, 75 numeral 1 y 12, 77 numeral 3, 135, 136, 146 numeral 1, 2, 4 y 276 de la Constitución de la República Dominicana; artículos 18, 19 y 20 en la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción y artículos 6 y 9 de la Convención Interamericana Contra la Corrupción.
En cuanto a los ciudadanos Bolívar Antonio Ventura
Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Soraida Antonia Abreu Martínez, José
Elías Hernández García, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar
Bretón Medina, por violación a los artículos 59, 60, 145, 146, 147, 148, 167,
171, 172 y 175 del Código Penal Dominicano.
Esos artículos consagran y sancionan la complicidad en
falsedad de escritura pública, falsedad de escritura privada, uso documento
falsos, prevaricación, desfalco, y asuntos incompatibles con la calidad de
funcionario público; artículos 3 letra a) y b), 4, 8 letra b), 18, 21 letras
a), b) y c) y 26 de la Ley No. 72-02, Sobre Lavado de Activos Provenientes del
Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.
La Procuraduría especifica que solicita la prisión preventiva contra el grupo "por ser
ésta la única que garantiza que los mismos no se sustraigan al proceso penal
que se le sigue por hechos graves".